Sección SegundaDe las Agrupaciones Políticas Estatales
Código Electoral del Estado de Jalisco · arts. 61 a 63
Artículos
- Art. 611. Las agrupaciones políticas estatales son formas de asociación ciudadana que coadyuvan al desarrollo de la vida democrática y…
- Art. 621. Las agrupaciones políticas estatales sólo podrán participar en procesos electorales locales mediante acuerdos de participación…
- Art. 631. Para obtener el registro como agrupación política estatal, quien lo solicite deberá acreditar ante el Instituto los siguientes…