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Artículo 655

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Séptimo. Sistema de Medios de Impugnación › Título Décimo Primero. Procedimientos Especiales para Dirimir los Conflictos o Diferencias Laborales entre el Instituto Electoral y sus Servidores › Capítulo Primero. Reglas Especiales

1. Para lo no previsto en el presente ordenamiento, se aplicará supletoriamente y en forma jerárquica: a) Los principios generales de justicia social que derivan del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; b) La Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios; c) La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado "B" del

Artículo 123 Constitucional; d) La Ley Federal del Trabajo; e) La jurisprudencia; 158 f) La costumbre; y g) La equidad.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 123

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.