Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 453

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Sexto. De los Regímenes Sancionador Electoral y Disciplinario Interno › Título Primero. De las Infracciones Electorales y Sanciones › Capítulo Octavo. Infracciones de los Notarios Públicos

1. Constituyen infracciones al presente Código de los notarios públicos, el incumplimiento de las obligaciones de mantener abiertas sus oficinas el día de la elección y de atender las solicitudes que les hagan los funcionarios de casilla, los ciudadanos y los representantes de partidos políticos y 100 candidatos independientes, para dar fe de hechos o certificar documentos concernientes a la elección.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.