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Artículo 16

Código Electoral del Estado de Jalisco· Libro Primero. De la Integración de los Poderes Legislativo, Ejecutivo del Estado y Ayuntamientos › Título Tercero. Elecciones del Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Ayuntamientos › Capítulo Segundo. Elección e Integración del Poder Legislativo

1. El Congreso del Estado se integra por treinta y ocho diputados y diputadas que se eligen:

I. Veinte por el principio de mayoría relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales en que se divide el territorio del Estado; y 12 II. Dieciocho por el principio de representación proporcional, mediante el sistema de la circunscripción plurinominal única que es el territorio del Estado, y el sistema de asignación.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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