El servidor público que desempeña un empleo, cargo o comisión, conduce su actuación con transparencia, honestidad, lealtad, cooperación, austeridad, sin ostentación y con una clara orientación al interés público.
Vulneran esta regla, de manera enunciativa y no limitativa, las conductas siguientes: a) Abstenerse de ejercer las atribuciones y facultades que le impone el servicio público y que le confieren los ordenamientos legales y normativos correspondientes. b) Adquirir para sí o para terceros, bienes o servicios de personas u organizaciones beneficiadas con contratos, a un precio notoriamente inferior o bajo condiciones de crédito favorables, distintas a las del mercado. c) Favorecer o ayudar a otras personas u organizaciones a cambio o bajo la promesa de recibir dinero, dádivas, obsequios, regalos o beneficios personales o para terceros. d) Utilizar las atribuciones de su empleo, cargo, comisión o funciones para beneficio personal o de terceros. e) Ignorar las recomendaciones de los organismos públicos protectores de los derechos humanos y de prevención de la discriminación, u obstruir alguna investigación por violaciones en esta materia. f) Hacer proselitismo en su jornada laboral u orientar su desempeño laboral hacia preferencias político-electorales. g) Utilizar recursos humanos, materiales o financieros institucionales para fines distintos a los asignados. h) Obstruir la presentación de denuncias administrativas, penales o políticas, por parte de compañeros de trabajo, subordinados o de ciudadanos en general. i) Asignar o delegar responsabilidades y funciones sin apegarse a las disposiciones normativas aplicables. j) Permitir que servidores públicos subordinados incumplan total o parcialmente con su jornada u horario laboral. k) Realizar cualquier tipo de discriminación tanto a otros servidores públicos como a toda persona en general. 8 l) Actuar como abogado o procurador en juicios de carácter penal, civil, mercantil o laboral que se promuevan en contra de instituciones públicas de cualquiera de los tres órdenes y niveles de Gobierno. m) Dejar de establecer medidas preventivas al momento de ser informado por escrito como superior jerárquico, de una posible situación de riesgo o de conflicto de interés. n) Hostigar, agredir, amedrentar, acosar, intimidar, extorsionar o amenazar a personal subordinado o compañeros de trabajo. ñ) Desempeñar dos o más puestos o celebrar dos o más contratos de prestación de servicios profesionales o la combinación de unos con otros, sin contar con dictamen de compatibilidad. o) Dejar de colaborar con otros servidores públicos y de propiciar el trabajo en equipo para alcanzar los objetivos comunes previstos en los planes y programas institucionales. p) Obstruir u obstaculizar la generación de soluciones a dificultades que se presenten para la consecución de las metas previstas en los planes y programas institucionales. q) Evitar conducirse bajo criterios de austeridad, sencillez y uso apropiado de los bienes y medios que disponga con motivo del ejercicio del cargo público. r) Conducirse de forma ostentosa, incongruente y desproporcionada a la remuneración y apoyos que perciba con motivo de cargo público. s) Conducirse con mentira o engaño ante cualquier persona o autoridad, por hechos o circunstancias que afecten o alteren el cumplimiento de los principios constitucionales y rectores que todo servidor público debe cumplir en el desempeño de su empleo, cargo o comisión.