Capítulo VIIIDe los condominios habitacionales duplex
Código Civil del Estado de Jalisco · arts. 1035 a 1038
Artículos
- Art. 1035‑ Esta modalidad de condominios es aplicable exclusivamente, para aprovechar la superficie e infraestructura urbana de un predio…
- Art. 1036‑ Cada una de las viviendas representará la mitad de la totalidad de los derechos comunes del inmueble.
- Art. 1037‑ Serán aplicables para el funcionamiento de este tipo de condominios las siguientes bases: Deberán constituirse mediante…
- Art. 1038‑ Cuando surja alguna circunstancia no prevista en el reglamento particular que se emita para el condominio o en éste capítulo…