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Artículo 2096

Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De las diversas especies de contratos › Título Sexto. Del arrendamiento › Capítulo VII. Del arrendamiento de promoción y exhibición

‑ El arrendador tendrá derecho a retener en garantía de las obligaciones a cargo del arrendatario los bienes y propaganda propiedad de éste que estuvieren instalados en el espacio arrendado.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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