‑ La responsabilidad que resulte de un incendio comprende:
El pago de los daños y perjuicios sufridos por el arrendador; y El pago de los daños y perjuicios que se hayan causado a otras personas, siempre que provengan directamente del incendio.
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Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Quinto. De las diversas especies de contratos › Título Sexto. Del arrendamiento › Capítulo IV. Del arrendamiento de bienes inmuebles › Sección Primera. Disposiciones generales
‑ La responsabilidad que resulte de un incendio comprende:
El pago de los daños y perjuicios sufridos por el arrendador; y El pago de los daños y perjuicios que se hayan causado a otras personas, siempre que provengan directamente del incendio.
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.