‑ En los arrendamientos que hayan durado más de tres años, el arrendatario tiene derecho a que, en igualdad de condiciones se le prefiera a otro interesado en el nuevo arrendamiento, siempre que satisfaga los siguientes requisitos:
Estar al corriente en el pago de la renta; y Si durante el término del arrendamiento no se retrasó en los pagos periódicos de la renta por dos meses.