‑ El fraude que consiste únicamente en la preferencia indebida a favor de un acreedor, no importa la pérdida del derecho, sino la de la preferencia.
Artículo 1682
Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. De las obligaciones › Título Cuarto. Efectos de las obligaciones › Capítulo II. Efectos de las obligaciones con relación a tercero › Sección Primera. De los actos celebrados en fraude de los acreedores
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