Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 1265

Código Civil del Estado de Jalisco· Libro Cuarto. De las obligaciones › Título Primero. Fuentes de las obligaciones › Capítulo II. De los contratos › Sección Primera. De su validez

‑ El contrato puede ser invalidado:

Por incapacidad;

Por vicios de consentimiento;

Porque su objeto o su causa sean ilícitos; y Por defectos en la forma establecida por la ley.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.